La OCU pide la prohibición de publicidad de alimentos no saludables dirigida a menores y una normativa más estricta

Un niño come un trozo de pizza del menú infantil de Telepizza mientras ve la televisión en su casa, tras recoger el menú en un establecimiento de Telepizza.
Un niño come un trozo de pizza del menú infantil de Telepizza mientras ve la televisión en su casa, tras recoger el menú en un establecimiento de Telepizza. - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo
Publicado: jueves, 4 febrero 2021 17:12

MADRID, 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) pone en marcha una campaña para regular la publicidad de alimentos dirigida a menores recogiendo el apoyo de los consumidores, en donde solicita la prohibición de la publicidad de los alimentos con calificación D y E en el sistema Nutriscore, es decir, alimentos no saludables; y reivindica una normativa más estricta.

En este sentido, recuerda que las cifras de obesidad infantil son alarmantes en España; según el estudio Aladino, 4 de cada 10 escolares españoles tienen sobrepeso u obesidad. Para luchar contra esta problemática en 2005 se firmó el código PAOS, un código de autorregulación que pretendía regular la publicidad en cualquier medio o soporte dirigida a los menores de 12 años.

El código firmado por la Federación Nacional de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) y Autocontrol de la publicidad, obtuvo también la adhesión de las cadenas de televisión y el sector de la restauración y la distribución.

Sin embargo, señalan, "este acuerdo se ha revelado insuficiente e ineficiente". Por ello, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha puesto en marcha una campaña en la que pide la regulación no facultativa, si no vinculante, que ayude a prevenir la obesidad infantil atajando los problemas de la presión publicitaria de alimentos de bajo valor nutricional.

Por eso en su campaña pide una normativa que sea de obligado cumplimiento y que se regule la publicidad dirigida a menores de 15 años; y que comprenda diferentes soportes (televisión, radio, internet, etc) y no se limite a horarios de especial protección ya que los menores pueden verse expuestos a la publicidad en cualquier momento del día.

Además, que se impida el uso de personajes famosos (reales o de ficción) para la promoción de alimentos, el emplazamiento de producto en series o programas infantiles, las telepromociones y que extienda dicha prohibición a los influencers, debido a la relevancia e influencia que estos tienen sobre los menores.

Además, que se prohíba el uso de cualquier logo de sociedades sanitarias (medicina, enfermería, etc.), en el etiquetado, presentación o publicidad de cualquier alimento dirigido a menores, y se prohíba la venta de cualquier alimento dirigido a menores que tenga asociados, de manera directa o indirecta regalos, promociones, o cualquier iniciativa ajena a las características intrínsecas del propio alimento que inciten a la compra de este.

Además, de que se base en los perfiles nutricionales como el Nutriscore (prohibiendo la publicidad de alimentos con calificación D y E) lo que supondría que los fabricantes se verían obligados a mejorar el perfil nutricional de sus productos si quieren seguir publicitándolos.

Adicionalmente, OCU considera que esta normativa debería ir acompañada de acciones de fomento y promoción de hábitos saludables dirigida a menores, en medios de comunicación y en centros educativos.