El convenio colectivo de las farmacias se decidirá por un laudo arbitral por la "intransigencia" patronal, según CC.OO

Actualizado: martes, 7 octubre 2014 2:48

MADRID, 13 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Convenio Colectivo de las Oficinas de Farmacia se decidirá mediante un laudo arbitral después de que los sindicatos y la patronal no hayan alcanzado ningún acuerdo, según Comisiones Obreras (CC.OO) por la "intransigencia empresarial" durante la negociación.

"El arbitraje es el final menos malo de un fracasado proceso de negociaciones", según ha reconocido Luis Álvarez, responsable de Negociación Colectiva de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de este sindicato, quien recuerda a la patronal que "negociar no es imponer".

La semana pasada la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) y la Federación Nacional de Oficinas de Farmacia (FENOFAR) ha culpado a los sindicatos de la ruptura definitiva de las negociaciones, después de que hubieran "endurecido" sus pretensiones en relación con sus posiciones anteriores.

Sin embargo, CC.OO. asegura ellos siempre han mantenido "fe negociadora y voluntad por llegar a un acuerdo de moderación salarial" pero ha sido la "intransigencia empresarial" la que ha llevado a la patronal a "no aceptar ni una sola de las propuestas de los sindicatos".

"Tan solo el esfuerzo constante de la parte sindical ha permitido una y otra vez retomar el proceso hasta alcanzar un acuerdo en un acto de mediación", que fue el celebrado el pasado mes de julio, que es el que ha llevado a la situación actual de arbitraje al no alcanzar acuerdo alguno antes del 31 de diciembre.

Además, CC.OO. recuerda que el Convenio de Oficinas de Farmacia "tradicionalmente" ha tenido un proceso negociador "largo y conflictivo", como muestra el hecho de que el anterior Convenio se firmara en enero de 2011, cuando ya había expirado.

LA PATRONAL SIEMPRE HA DEFENDIDO LAS MEDIDAS MÁS RESTRICTIVAS

"Desde el inicio de las negociaciones los intereses de las organizaciones empresariales han pasado por la aplicación directa de las medidas más restrictivas que contemplaban las reformas laborales, la modificación del modelo retributivo, reduciendo el salario fijo y pasando una parte a incentivos y productividad, sin ningún tipo de control por la representación sindical, con la única y exclusiva valoración del empresario", han defendido.

Y mientras se sucedían las reuniones, sin avances, las amenazas del banco empresarial se incrementaban con "inaplicaciones salariales, modificación de condiciones laborales y convenios de empresa".

La dilación en las negociaciones llevó a recurrir en dos ocasiones a la Audiencia Nacional para que se aplicase el artículo 4.2, la cual se pronunció a favor de los sindicatos en cuanto a los incrementos salariales de 2011 y 2012 (3% y 2,4%, respectivamente).

Actualmente el árbitro, Tomás Sala Franco, debe pronunciarse sobre dos arbitrajes: uno en derecho sobre los incrementos a cuenta de 2011, 2012 y 2013 que pueden llegar a alcanzar el 8,5 por ciento y otro arbitraje en equidad sobre el contenido del futuro Convenio.