Los médicos proponen la creación de un carné de médico colegiado a nivel europeo

Actualizado: miércoles, 21 septiembre 2011 11:56

quieren que las organizaciones profesionales se reconozcan como autoridad competente en toda Europa MADRID, 21 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Organización Médica Colegial (OMC) ha enviado a la Dirección General de Mercado Interior de la Comisión Europea (CE) sus aportaciones al Libro Verde que están elaborando para modernizar la directiva de cualificaciones profesionales, destacando entre otras cuestiones la necesidad de ser reconocidos como autoridad competente y defendiendo la creación de un carné de médico colegiado a nivel europeo.

La Comisión Europea está especialmente preocupada por la escasez de profesionales sanitarios, que se calcula en un millón, según asegura esta entidad, de ahí que se haya propuesto llevar a cabo, junto con los Estados miembros, acciones que mejoren la gestión de la movilidad de estos profesionales mediante un refuerzo de sus políticas generales de mano de obra y de los mecanismos de planificación.

Por ello, la OMC defiende la creación de un carné de médico colegiado que debería incluir un certificado digital y firma electrónica, para que sirva de "llave de acceso universal, segura y fiable" a los servicios sanitarios.

"No puede haber 'e-Salud' sin el carné de médico colegiado", asegura la OMC en un comunicado, ya que esta nueva herramienta "garantizaría la identificación profesional del portador, no solo de sus especialidades, sino en un futuro muy próximo de sus competencias en función de un mapeo de conocimientos y experiencia base de la carrera profesional".

Además, recuerdan que con una tarjeta médica basada en certificados digitales que permiten la firma electrónica profesional "se puede y se debe aspirar" a convertir las redes de acceso e intercambio de información de salud, inseguras en la actualidad, en un elemento transfronterizo "completamente seguro".

De igual modo, favorecería la interoperabilidad de los sistemas de información tanto entre comunidades autonómicas como con los países que componen la Unión Europea.

Junto a este carné, también proponen el desarrollo de la tarjeta europea del profesional sanitario como "garantía de la adecuada titulación" de los profesionales que ejercen en los países que conforman la UE.

A su juicio, esta certificación debe ser dinámica y con sello de tiempo, y para ello es "imprescindible" la certificación electrónica, con atributo profesional y firma electrónica reconocida.

La OMC también pide que las organizaciones profesionales sean consideradas en todo el ámbito europeo como autoridades competentes, dándoles acceso al Sistema de Información del Mercado Interior (IMI) a fin de no quedar excluidas de los procesos de reconocimiento con la inseguridad jurídica que esto acarrearía.

En congruencia con la Directiva de Servicios, se debe regular en materia de cualificaciones su relevante función en la acreditación, control de la buena praxis profesional del cumplimento de la ética y deontología profesionales o la recertificación, y les otorgue, de forma expresa, el carácter de autoridades competentes a efectos del reconocimiento de cualificaciones. RECONOCIMIENTO DE LA COMPETENCIA LINGÜÍSTICA

Por otro lado, desde la máxima entidad colegial de los facultativos recuerdan que la competencia lingüística es crucial para facilitar la integración de un profesional en otro país, garantizar la calidad de los servicios prestados y proteger la seguridad de consumidores y pacientes.

En este sentido, proponen la acreditación previa, en su caso, del conocimiento del idioma del país/lenguas cooficiales y a través de los periodos de ejercicio profesional en prácticas o de formación complementaria.

También piden que la necesidad de mano de obra quede supeditada a la homologación y certificación de títulos de terceros países, por la calidad del sistema sanitario y, sobre todo, por la seguridad de los pacientes.

"Debe ser una exigencia y una garantía que el interesado no solamente demuestre documentalmente la equivalencia cualitativa y cuantitativa de su formación adquirida en el extranjero sino en todo caso verificar que dicha formación ha comportado la adquisición de competencias inherentes al ejercicio profesional de la especialidad que corresponda, antes de proceder a su contratación ó de su acceso al mercado laboral", explica la OMC.