Experta en salud mental ven "sorprendente" la ausencia de datos oficiales sobre las personas incapacitadas

Silla de ruedas
Silla de ruedas - PIXABAY - Archivo
Publicado: martes, 21 enero 2020 18:22

MADRID, 21 Ene. (EUROPA PRESS) -

La psicóloga y directora técnica del Centro de Rehabilitación Psicosocial, Centro de Día y Equipo de Apoyo Social Comunitario "Retiro" de la Línea de Rehabilitación Psicosocial de Hermanas Hospitalarias (LRHP), Mar Hernández Blázquez, ha asegurado que es "sorprendente" la ausencia de datos oficiales que reflejen fehacientemente el número de personas incapacitadas o cuya capacidad de obrar ha sido modificada judicialmente.

Debido a la parálisis política que ha sufrido España, desde octubre de 2018 existe un anteproyecto de reforma del Código Civil pendiente de los diferentes trámites parlamentarios para su aprobación definitiva. El objetivo del mismo es la adaptación del ordenamiento jurídico español a lo que dicta la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad (CIDPD), que en su artículo 12 estipula el "igual reconocimiento como persona ante la ley" de las personas con discapacidad.

En ese sentido, la CIDPD aboga por un cambio de modelo que reemplace las medidas de incapacitación legal por otras de apoyo para la toma de las decisiones. "La ausencia de datos puede dificultar la necesaria estimación y planificación del impacto que el cambio de modelo puede tener en los recursos humanos y técnicos que serán necesarios para afrontarlo", ha dicho la experta.

En todo caso, la psicóloga ha asegurado que para articular el nuevo modelo será "imprescindible" reforzar los recursos humanos y técnicos de los juzgados, que actualmente son "insuficientes" para actuar en cada caso "con la rapidez que se requiere".

No en vano, apostilla, el anteproyecto de reforma del Código Civil propone una revisión periódica de las medidas de incapacitación legal que se establezcan y estipula para hacerlo un plazo no superior a tres años, una medida que Hernández ha calificado como "necesaria", ya que el procedimiento de revisión actual ha resultado "ineficaz" dada la excepcionalidad de la reversibilidad".

"La demora de los plazos de la reforma y la prolongación del debate sobre si la legislación actual era finalmente compatible o no con la convención, han contribuido a que las peticiones de reintegración hayan sido pocas y a que los juzgados hayan actuado con cautela en los casos en los que han tenido que pronunciarse. No obstante, es indudable que ha faltado sensibilidad hacia el impacto que tiene en la persona el hecho de declararle incapaz civilmente, aunque fuera con la intención de protegerle", ha añadido.

IMPORTANTE PAPEL DE LOS RECURSOS DE ATENCIÓN PSICOSOCIAL

El objetivo de la adaptación del ordenamiento jurídico español a la CIDPD es lograr que las personas con discapacidad cuenten, cuando lo precisen, con figuras de apoyo y medidas de protección para la toma de decisiones, respetando su autonomía, voluntad y preferencias, sin que, como sucede en la actualidad, estas medidas supongan una restricción de sus derechos.

En ese cambio de paradigma, para Hernández Blázquez, la información que pueden proporcionar los profesionales de los recursos de la red de atención psicosocial (que atienden a la persona en su entorno próximo y disponen de información directa sobre sus necesidades, capacidades, apoyos naturales con los que cuenta, así como sobre los cambios que se producen) cobra una "gran importancia" en la revisión periódica de las medidas para ajustarlas a las estrictamente necesarias durante el tiempo que resulte "imprescindible".

"Cuanta más información concreta y específica se proporcione de cada usuario mejor podrán establecerse y ajustarse las medidas, lo que también supone un cambio de modelo que aboga por una mayor individualización de esas medidas. Si las funciones representativas quedan limitadas a los casos más graves y se establecen en sentencia de manera precisa, respondiendo a las circunstancias particulares de cada persona, las medidas no deberían ser sistemáticas o estandarizadas, como con frecuencia se observa en las sentencias en la actualidad. Por esta razón sería importante llevar a cabo un seguimiento y análisis de las medidas restrictivas que se dicten para poder valorar la individualización real de los procedimientos", ha zanjado.