El Consejo General de Médicos pedirá la paralización cautelar del decreto andaluz de prescripción enfermera

Actualizado: viernes, 18 septiembre 2009 16:12

SEVILLA, 18 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Consejo General de Colegios de Médicos de España anunció hoy que va a presentar un recurso contencioso-administrativo contra el Decreto andaluz 307/2009, de 21 de julio, por el que se define la actuación de los enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica del Sistema Sanitario Público de Andalucía, comúnmente conocido como decreto de prescripción enfermera.

A juicio del máximo órgano colegial española, dicho decreto, que entró en vigor el pasado mes de agosto, "podría estar viciado de nulidad", al entender que legisla en un aspecto de la profesión sanitaria "cuya ordenación corresponde en exclusiva al Estado".

De hecho, entre los argumentos que el Consejo General de Médicos esgrimirá en su recurso contra la "ilegalidad" del decreto autonómico andaluz se encuentran la "infracción del principio de delimitación de competencias" entre el Estado y las comunidades en materia de regulación del ejercicio profesional, "pues constitucionalmente tal competencia corresponde en exclusiva al Estado", según entiende este colegio.

Además, entiende que, "según la consolidada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, no corresponde tal competencia legislativa a las comunidades, por lo que el Decreto en cuestión ha sido promulgado por la Junta de Andalucía sin habilidad legal y competencial alguna".

En un segundo punto de alegaciones que elevará el Consejo de Médicos, se alude a la "infracción del principio de reserva legal", ya que, "según el artículo 36 de la Constitución la regulación de las profesiones debe hacerse por Ley no por Decreto".

Tan es así, agrega, que en materia de profesiones sanitarias la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), en su artículo 2.3, "reservó a la Ley la declaración formal del carácter de profesión sanitaria y regulada, por lo que el Decreto referenciado no tiene rango legal, sino reglamentario".

En un tercer punto, se refiere a la "infracción" de la regulación legal sobre delimitación de las profesiones sanitarias, pues la LOPS "tampoco atribuye a los enfermeros la competencia profesional para prescribir o indicar los medicamentos que han de dispensar los farmacéuticos y menos aún les otorga la competencia de diagnosticar, que es sólo competencia de los médicos y odontólogos".

Según la jurisprudencia de los tribunales de los contencioso administrativo y sin diagnóstico previo, "es imposible prescribir, ni siquiera los medicamentos que no están sujetos a prescripción médica", para lo cual citan el artículo 19.4 Ley del Medicamento.

Ante estas "irregularidades competenciales", el Consejo General de Colegios de Médicos anunció hoy que ha decidido iniciar un recurso contencioso-administrativo y solicitar la paralización cautelar de la ejecución del Decreto, hasta que se dicte la sentencia.