El Supremo rechaza suspender la participación médica en la 'prescripción' enfermera

Vacunación contra la gripe
ÁNGEL MEDINA G.
Actualizado: viernes, 5 febrero 2016 18:43

   MADRID, 5 Feb. (EUROPA PRESS) -

   La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha decidido desestimar la suspensión cautelar del artículo 3.2 del Real Decreto que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos por parte del personal de Enfermería, lo que se conoce como 'prescripción' enfermera, tal y como habían solicitado el Consejo General de Enfermería y el sindicato Satse en sendos recursos presentados hace unas semanas.

   Dicho articulado establece que para que los enfermeros puedan desempeñar tal cometido el correspondiente profesional prescriptor, es decir, el médico, odontólogo o un podólogo, tienen que haber determinado previamente "el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir".

   Una situación que, según los enfermeros, afectaría a la "pérdida de agilidad y eficacia" de dicha asistencia sanitaria causando "el deterioro y retraso en detrimento en la calidad en la atención a los pacientes; los inevitables conflictos entre profesionales; y la grave merma y menoscabo y restricción de los derechos y las competencias que los enfermeros".

   Sin embargo, según el auto al que ha tenido acceso Europa Press, la sala entiende que "no es argumento válido alegar como daño derivado de la vigencia del precepto impugnado las consecuencias que trae en el funcionamiento de los servicios asistenciales".

   Asimismo, también desestima que "tal circunstancia de hecho se pruebe o, al menos, se justifique, sobre la base de la reacción de partidos, sindicatos o de algunas comunidades autónomas" frente al citado Real Decreto.

   "Que haya disconformidad con la norma no es prueba en sede de tutela cautelar de unas circunstancias que se identifican con hipotéticas deficiencias en los servicios asistenciales", ha declarado el Supremo.

   Además, entiende que con dicho artículo se garantiza "una mejor asistencia al mediar la supervisión por el personal prescriptor que es, en definitiva, quien instruye el tratamiento" y concluye afirmando "que lo buscado por el Real Decreto es acentuar las garantías en el tratamiento de los pacientes".

   Tanto el Consejo General de Enfermería como el sindicato Satse, que componen la Mesa de la Profesión Enfermera, han mostrado su "absoluto respeto" por el auto pero entienden que "se han producido importantes errores conceptuales y valoraciones que consideran no ajustadas a Derecho y que motivarán la interposición del pertinente recurso de súplica".

   "Respetamos, pero lamentamos el desafortunado auto del Tribunal Supremo, que denota un sorprendente desconocimiento de la realidad asistencial, de las relaciones interprofesionales y de la legislación que regula las profesiones sanitarias", han denunciado en un comunicado conjunto.