La Seguridad Social amplía las enfermedades recogidas en la prestación para padres con hijos enfermos

Niño con DCA
VITHAS - Archivo
Publicado: lunes, 11 febrero 2019 16:44

MADRID, 11 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha ampliado el número de enfermedades que permiten a padres con hijos enfermos graves recibir una prestación económica por cuidar de ellos. Se incorporan tres enfermedades más al listado oficial: piel de mariposa, el síndrome de Smith-Magenis y el síndrome de Behet.

De esta forma, todos los padres que tengan que reducir su jornada laboral en al menos un 50 por ciento para cuidar a hijos con cáncer u otras enfermedades graves podrán recibir esta prestación económica, según se ha dispuesto en una actualización de un anexo del Real Decreto-Ley 1148/2011, que ha sido publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Además, se incorpora en cada uno de los distintos apartados del listado una cláusula abierta para poder dar cobertura al resto de enfermedades graves y/o procedimientos quirúrgicos con patologías graves que, por indicación expresa facultativa, precisen de cuidados permanentes en régimen de ingreso hospitalario u hospitalización a domicilio.

Por otro lado, se ha elaborado un formulario denominado 'Declaración médica para el cuidado de menores afectados de cáncer u otra enfermedad grave', al objeto de que los padres puedan constatar la necesidad del cuidado continuo del menor para el reconocimiento de la prestación.

FEDER: "MARCA UN ANTES Y UN DESPUÉS"

"Esto significa que familias que anteriormente no podían beneficiarse de esta prestación a pesar de que por derecho les correspondía, a partir de ahora podrán acceder a la misma", explica el presidente de la Fundación Española de Enfermedades Raras, Juan Carrión.

La organización ha defendido ante los diferentes grupos parlamentarios de Congreso y Senado, así como las sociedades médicas y la Seguridad Social la necesidad de incluir en la norma una cláusula residual general. "Esto se traduce en permitir el acceso a la prestación a enfermedades graves e invalidantes o pendientes de diagnóstico, incuestionables a la vista de los informes médicos", detallan.

Desde FEDER consideran que esta noticia "marca un antes y un después para nuestras familias". "Igualmente, es necesario modificar la norma para que no establezca como causa de extinción automática de la prestación el cumplimiento de la mayoría de edad del menor, ya que, si persite la situación que originó el reconocimiento de la prestación, es precisamente en esa edad cuando puede ser más necesario el subsidio para sus padres los cuales han de hacer frente a los cuidados de un hijo que padece una enfermedad degenerativa", concluye Carrión.