Sanidad pone en marcha el proyecto del RD que permitirá indicar el uso de medicamentos con receta a los enfermeros

Medicamentos, Fármacos
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 4 octubre 2011 13:37

MADRID, 4 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad ha iniciado el trámite de audiencia del proyecto de Real Decreto que regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios por parte del personal de enfermería, y que establecerá la elaboración y validación de guías para que puedan indicar el uso y autorizar la dispensación de medicamentos sometidos a prescripción médica.

Para que sea posible, tanto el personal de enfermería de cuidados generales como el de cuidados especializados deberá contar con la acreditación del Ministerio de Sanidad, que además prevé en el proyecto de real decreto la creación de un registro de estos enfermeros acreditados.

La elaboración y validación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, así como la acreditación de los profesionales correrá a cargo de la Comisión de protocolos, guías de práctica clínica y asistencial y acreditación. En dicha comisión estarán representados los ministerios de Sanidad y Educación, las comunidades autónomas y las organizaciones colegiales de medicina y enfermería.

Este proyecto de real decreto, que será de desarrollo tanto en los servicios sanitarios públicos como en los privados, contempla la modificación del artículo 77.1 de la Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios.

Así, en él se contemplarán las actuaciones de los enfermeros y enfermeras en materia de indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.

Además, se elaborará y validarán guías de práctica clínica y asistencial y protocolos para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de los enfermeros y enfermeras.

Y, finalmente, se desarrollará el proceso de acreditación del enfermero o enfermera como requisito previo y necesario para el pleno desarrollo de sus actuaciones en este ámbito.

Así pues, los enfermeros y enfermeras en el ejercicio de su actividad profesional podrán indicar y usar de forma autónoma todos aquellos medicamentos de uso humano y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica, así como autorizar su dispensación mediante la correspondiente orden de dispensación.

En lo que respecta a los medicamentos de uso humano y productos sanitarios sujetos a prescripción médica, el personal de enfermería podrá actuar mediante guías de práctica clínica y asistencial y protocolos validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud.

ACREDITACIÓN Y COMISIONES

Entre otras funciones, la comisión se encargará de establecer los criterios generales así como la estructura y contenido mínimo que deben ser recogidos en todos los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, en materia de uso, indicación y autorización de dispensación de medicamentos, así como de determinar el listado de los medicamentos y tratamientos farmacológicos o procesos que pueden incluirse en dichos protocolos y guías.

También se encargará de establecer los criterios generales, requisitos específicos y procedimientos para la acreditación del personal de enfermería, en el ámbito de los cuidados generales y especializados, para el uso, indicación y autorización de dispensación de medicamentos.

En cuanto a su labor en la acreditación de profesionales, de cara a obtenerse el personal de enfermería interesado deberá demostrar en el ámbito de los cuidados generales que conoce los diferentes grupos de fármacos, los principios de su indicación, uso y autorización, y los mecanismos de acción de los mismos.

Asimismo, tiene que saber la indicación y el uso de productos sanitarios vinculados a los cuidados de enfermería; y, por otra parte, la indicación y uso de los medicamentos, evaluando los beneficios esperados y los riesgos asociados y/o efectos derivados de su administración y consumo.

En el ámbito de los cuidados especializados, se va a requerir un conocimiento de los principios de la indicación, uso y autorización de los diferentes medicamentos y productos sanitarios en el ámbito de los cuidados especializados; y, asimismo, tendrá que conocer los diferentes grupos de fármacos, los principios de su autorización, uso e indicación, y los mecanismos de acción de los mismos, en el ámbito de los cuidados especializados.

Además, de la utilización de los medicamentos, evaluando los beneficios esperados y los riesgos asociados y efectos derivados de su administración y consumo, en el ámbito de los cuidados especializados.