Sanidad autoriza a la primera familia andaluza a concebir un 'bebé medicamento' para salvar la vida de su hermano

Actualizado: viernes, 29 junio 2007 20:53

SEVILLA, 29 Jun.(EUROPA PRESS)

La Comisión Nacional de Reproducción Asistida ha emitido un nuevo informe favorable, en este caso el primero de una familia andaluza, a una solicitud de diagnóstico genético preimplantacional (DGP) para concebir un hijo sano que sirva de donante --'bebé medicamento'-- para salvar la vida de su hermano, según informó hoy el Ministerio de Sanidad.

En concreto, se trata del caso de un niño de cinco años de Sevilla que sufre Beta Talasemia, una enfermedad genética cuya única esperanza reside en la donación de células compatibles. Por ello, la utilización del DGP permitirá que el niño que nazca no sólo se vea libre de la enfermedad genética, sino que, además, podrá donar sus células para salvar a su hermano.

Ésta es la cuarta ocasión en la que la Comisión da su visto bueno a la aplicación de esta técnica desde que se aprobase la Ley de Reproducción Humana Asistida, norma que ha hecho posible su utilización en España.

Los tres primeros informes favorables al diagnóstico preimplantacional se emitieron en noviembre de 2006. Dos de ellos también tenían como objetivo la curación de dos niñas diagnosticadas con Beta Talasemia Mayor, y el tercer paciente estaba diagnosticado de anemia de Fanconi.

En el caso actual, la Comisión requirió a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, Administración que pedía la aplicación de esta técnica en el hospital Virgen del Rocío de Sevilla, información adicional a la adjuntada en la solicitud para poder tomar una decisión con suficiente conocimiento de causa.

El objetivo de este requerimiento era conocer las condiciones clínicas, terapéuticas y sociales del caso, que son las que tiene en cuenta la Comisión para tomar su decisión.

La Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida también solicitó al Grupo de Trabajo de Médula Ósea de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT) un informe sobre si era apropiado el tratamiento que se pedía como la mejor opción terapéutica para el citado caso. En concreto, se refiere al tratamiento mediante trasplante de células de cordón umbilical obtenidas de un donante libre de la enfermedad e histocompatible mediante el procedimiento de selección embrionaria.

"ESCASA EXPERIENCIA" EN CASOS SIMILARES

El informe de la ONT fue positivo, si bien hizo constar que el tratamiento solicitado debe considerarse como experimental, ya que la experiencia general publicada sobre casos similares es "muy escasa" y el servicio en el que se pretende llevar a cabo esta técnica "no la ha realizado nunca con anterioridad".

Tras el visto bueno de la ONT, y una vez analizado el caso en su globalidad, la Comisión Nacional de Reproducción Asistida ha emitido su informe favorable al diagnóstico preimplantacional, incluyendo el carácter experimental del tratamiento señalado por la ONT en lo relativo a la generación del donante, y que la Comisión amplía a la selección embrionaria por diagnóstico genético preimplantacional (DGP) y a la determinación de histocompatibilidad en el caso concreto de la enfermedad de la que se trata.

INFORMACIÓN PERIÓDICA SOBRE EL CASO

Por otra parte, y en relación con el carácter experimental de la aplicación de esta técnica, la Comisión ha pedido a la Consejería de Salud que la mantenga periódicamente informada de los resultados que se vayan obteniendo para una mejor valoración de casos similares que se puedan presentar en el futuro.

Esta información debe incluir el número de embriones generados y su condición en cuanto a presencia o ausencia de la enfermedad e histocompatibilidad, el logro de embriones seleccionados, el curso, en su caso, del embarazo correspondiente y, de llevarse a cabo, el trasplante realizado.

Además, la Comisión ha solicitado a la Consejería de Salud de Andalucía la modificación del formulario de consentimiento informado remitido para que incluya de forma expresa el destino que tendrán los embriones restantes que puedan generarse, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 14/2006, de Reproducción Humana Asistida.

Este formulario deberá ser cumplimentado y firmado por los padres del paciente antes de comenzar el proceso y deberá ser remitido a la Comisión "para garantizar el mejor seguimiento del caso a los efectos de su mejor valoración", señala el informe.