El Pleno del Congreso ratificará mañana el proyecto de ley del Medicamento

Actualizado: miércoles, 5 abril 2006 14:00


MADRID, 5 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Congreso de los Diputados ratificará mañana el proyecto de Ley del Medicamento, antes de su paso al Senado, que contempla las 17 enmiendas aprobadas por la Comisión del Sanidad con el rechazo del PSOE, y votará las enmiendas de los distintos grupos parlamentarios que quedan vivas.

El dictamen de la Ponencia fue aprobado la semana pasada por todos los grupos parlamentarios en la Comisión, con la única excepción del PP, que votó en contra de un bloque del proyecto de ley en el que también se abstuvo IU-ICV. Asimismo, los diputados populares se abstuvieron en otro bloque del dictamen, y sólo votaron a favor con el resto de grupos una serie de artículos que, según señaló a Europa Press la diputada Ana Pastor, son "los menos importantes de la ley".

Durante su tramitación en el Congreso, el proyecto de ley ha sufrido importantes modificaciones, como la rebaja de las aportaciones de la industria farmacéutica al Sistema Nacional Salud y permitir el descuento por pronto pago o volumen de compras de los distribuidores a las oficinas de farmacia.

De esta manera, las aportaciones de la industria farmacéutica se fijan en un 1,5% para aquellas cuya facturación no supere los 3 millones de euros cuatrimestrales, y en el 2% para las que el volumen de ventas sea superior. En el supuesto de que el volumen total de ventas sea, en términos corrientes anuales, inferior al del año precedente, el Gobierno podrá revisar los porcentajes de aportación.

Las cantidades a ingresar se destinarán a la investigación en el ámbito de la biomedicina en cantidad suficiente para financiar las necesidades de investigación clínica que se lleva a cabo a través de la iniciativa sectorial de investigación en biomedicina y ciencias de la salud, ingresándose en el Instituto Carlos III. El resto de fondos se destinará al desarrollo de políticas de cohesión sanitaria, programas de formación para médicos y farmacéuticos, y programas de educación sanitaria de la población para favorecer el uso racional de los medicamentos.

Respecto al sistema de precios de referencia, se establece que determinadas innovaciones galénicas pueden quedar excluidas durante cinco años. Asimismo, las que llevasen siete años fuera del sistema de precio de referencia a la entrada en vigor de la ley, se incorporarán al mismo; las que lleven seis, quedarán excluidas un año; las que lleven cinco, dos años; las que lleven cuatro, tres años; las que lleven tres, cuatro años; las que lleven dos, cinco años; y las que lleven uno, seis años.

Por otro lado, se permiten los descuentos por pronto pago o por volumen de compras que realicen los distribuidores a las oficinas de farmacia, "siempre que no se incentive la compra de un producto frente al de sus competidores y que queden reflejados en la correspondiente factura".

PROHIBIDA LA VENTA POR INTERNET

El nuevo texto contempla igualmente otras novedades como la participación de las CC.AA. en los procedimientos de decisión en materia de medicamentos (fijación de precios, financiación) la prohibición de venta de fármacos por internet, la desaparición del precio de los medicamentos de sus envases, y la inclusión en los mismos de información en alfabeto braille.

Asimismo, se incorporan obligaciones de las Administraciones Públicas para garantizar la "máxima transparencia" en los procesos de adopción de sus decisiones en materia de medicamentos y productos sanitarios, y se aumenta la seguridad y transparencia en los ensayos clínicos.

Además, la Ley también establece que el médico y odontólogo tienen la facultad en exclusiva de prescribir medicamentos, mediante receta médica y orden hospitalaria de dispensación, mientras que el farmacéutico dispensará con receta aquellos medicamentos que la requieran, requisito que deberá especificarse expresamente en el embalaje del medicamento.

Por otra parte, se establece que las Administraciones sanitarias fomentarán la prescripción de los medicamentos identificados por su principio activo en la receta médica, y que el farmacéutico, si tiene que sustituir un fármaco prescrito por el médico por desabastecimiento o razones de urgente necesidad, lo hará por el de menor precio, con igual composición.