Galicia.- El TC levanta la suspensión de la Ley Ómnibus y la colegiación vuelve a ser obligatoria para médicos gallegos

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ADIE BUSH
Actualizado: jueves, 14 abril 2011 19:37

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 14 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional (TC) ha levantado la suspensión de varios artículos de la Ley Ómnibus de Galicia por lo que la colegiación vuelve a ser obligatoria para los profesionales médicos y demás trabajadores de ciencias de la salud que ejerzan en el servicio sanitario público gallego.

"Esta mañana recibimos la notificación del auto del Tribunal Constitucional en el que comunica el levantamiento de la suspensión de la ley", ha manifestado, en declaraciones a los medios la conselleira de Sanidade, Pilar Farjas, al tiempo que ha recordado que la Xunta "defendió la necesidad de la colegiación obligatoria en el ámbito de trabajo de las especialidades médicas y de las profesiones sanitarias".

En este sentido, Farjas ha incidido en que es una decisión "que llevó a clarificar en la Ley Ómnibus la actual ley de colegiación de Galicia" y ha subrayado que es una medida "que fue recurrida por el Gobierno de España", que presentó recurso en el TC y solicitó la suspensión de determinados artículos.

"Esta mañana recibimos comunicación del auto que entiende que el argumento jurídico que defendió el Parlamento y la Xunta avala la decisión recogida en la Ley Ómnibus, que señala la obligación de la colegiación de los médicos y de los trabajadores de Ciencias de la Salud", ha sentenciado la titular de Sanidade.

El TC había suspendido la obligación impuesta por la Xunta de que todos los médicos tuvieran que pertenecer a un colegio profesional para ejercer en la comunidad debido a la admisión a trámite de un recurso de inconstitucionalidad presentado en noviembre por el Gobierno central contra la decisión aprobada en febrero de 2010.

Ahora el auto del TC argumenta que la mera existencia de divergencias normativas no es causa de suspensión, pues son una consecuencia inherente a toda situación de pendencia de un recurso de inconstitucionalidad y consustanciales, por tanto, al funcionamiento del Estado de las Autonomías y a la coexistencia del ordenamiento estatal con los ordenamientos autonómicos.