Condenan al Sergas a indemnizar con 20.000 euros al viudo e hijos de una octogenaria por error en diagnóstico

Actualizado: martes, 9 octubre 2012 13:15

OURENSE, 9 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizar con 20.000 euros al viudo e hijos de una octogenaria de Ourense que falleció tras ser intervenida por sospecha de cáncer, pero que tenía un pólipo endometrial.

Así lo ha resaltado la asociación El Defensor del Paciente, que ha indicado que el TSXG condena al Sergas a indemnizar a esta familia "por mala praxis" debido a un "error en diagnóstico" y a una "intervención innecesaria".

La asociación subraya que el fallo indica que "a la paciente se le practicó una intervención quirúrgica sobre la base de un diagnóstico por sospecha (cáncer de endometrio) sin que se hubiesen realizado las pruebas necesarias para comprobarlo con anterioridad a la operación para llegar a un diagnóstico con certeza que hubiera revelado la innecesaria intervención que se le practicó al no presentar la paciente tal cáncer, sino una lesión benigna (pólipo endometrial)".

La mujer, tras un "complicado" post operatorio, según recalca El Defensor del Paciente en un comunicado de prensa, de una intervención quirúrgica "innecesaria" falleció a la edad de 87 años.

Por ello, la asociación explica que el TSXG condena a indemnizar por "el correspondiente error de diagnóstico e intervención innecesaria" realizada en el Servicio de Ginecología del Complexo Hospitalario de Ourense.

La asociación destaca que la sentencia "en el fondo es buena por reconocer una evidente mala praxis y un déficit asistencial más que evidente". Sin embargo, lamenta que se apliquen "los recortes en el ámbito de los daños", por verse reducida la indemnización de 58.000 euros que había otorgado el juzgado Contencioso de Santiago a 20.000 euros que ahora fija el TSXG, "por entender que la paciente falleció no sólo como consecuencia de la intervención innecesaria, sino de la pluripatología que tenía", revocando, a su juicio, "el acertado criterio del juez de Santiago".