Consejo.-El Gobierno recurre la ley navarra sobre el copago farmacéutico

Actualizado: viernes, 28 diciembre 2012 16:47

También se plantea conflicto positivo de competencia sobre el decreto foral que regula el acceso a las prestaciones sanitarias


PAMPLONA, 28 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha decidido este viernes interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la ley foral 18/2012 sobre la complementación de las prestaciones farmacéuticas en la Comunidad foral.

Se trata de la ley, aprobada el pasado 11 de octubre por el Parlamento, por la que se establecía que los pensionistas y las personas mayores de 65 años no paguen por los medicamentos, en contra de lo establecido por el nuevo sistema de copago farmacéutico que implantó el Estado.

La iniciativa legislativa fue presentada por el PSN y recabó el apoyo de Nafarroa Bai, Bildu e Izquierda-Ezkerra. UPN y PPN, por su parte, se mostraron contrarios a esta ley y advirtieron de que se trataba de una cuestión de normativa básica, que corresponde regular al Estado.

El Gobierno central entiende que esta ley "incurre en inconstitucionalidad directa o indirecta al regular, para su ámbito territorial, tanto la cobertura financiera de la prestación farmacéutica ambulatoria del Sistema Nacional de Salud, como las condiciones para disfrutar del derecho a dicha prestación".

En su opinión, "la inconstitucionalidad deriva de que, como ha declarado el Tribunal Constitucional, es al Estado al que corresponde garantizar una unidad mínima en las condiciones de acceso a los productos farmacéuticos, con independencia del lugar en el que se resida dentro del territorio nacional, y evitar la introducción de factores de desigualdad en la protección básica de la salud".

En este sentido, el Gobierno del PP considera que "así lo determina la Constitución en su artículo 149.1.1, cuando establece que es competencia exclusiva del Estado la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales".

Igualmente, cree que "el Tribunal Constitucional ha vinculado también esta conclusión al artículo 149.1.16, que establece que corresponde al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad y sobre la legislación de productos farmacéuticos".

CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA SOBRE PRESTACIONES SANITARIAS

Por otro lado, el Consejo de Ministros ha solicitado al presidente del Gobierno que plantee conflicto positivo de competencia al Gobierno de Navarra en relación con el Decreto Foral 117/2012, de 31 de octubre, que modifica el Decreto Foral 640/1996, de 18 de noviembre, que establece el procedimiento y las condiciones para el acceso a las prestaciones del régimen de universalización de la asistencia sanitaria pública en la Comunidad foral.

El Estado entiende que el decreto navarro resulta inconstitucional, "pues la Comunidad foral reconoce el derecho a la asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud en supuestos no previstos por la legislación estatal básica, ya que quedan comprendidas las personas que, de acuerdo con la legislación estatal, no cumplen los requisitos para acceder en todos los casos a la sanidad pública".

Por ello, en opinión del Gobierno central, "la norma autonómica incurre en extralimitación competencial, cuando la regulación de las condiciones para acceder a la sanidad pública, así como la financiación de la misma, corresponden exclusivamente al Estado".