Condenados un periódico y El Defensor del Paciente a pagar 60.000 euros por dañar el honor de un médico

Actualizado: lunes, 27 marzo 2006 19:41

La sentencia rechaza que el diario exhibiera una fotografía del doctor en la información

MADRID, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

La juez de Primera Instancia número 10 de Murcia, Carmen Mérida, ha condenado al diario "La Verdad" de Murcia al pago de 40.000 euros y a la Asociación El Defensor del Paciente (ADEPA) a abonar otros 20.000 euros por intromisión en el honor y en la imagen del urólogo murciano Pablo Martínez Pertusa, según una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

Tanto la edición digital del rotativo murciano como el periódico de papel informaron de una supuesta actuación negligente del doctor, cuando la sentencia en la que estaba basada la noticia condenaba al facultativo al pago de 50.000 euros por una información deficiente a un paciente que fue intervenido quirúrgicamente. Por su parte, ADEPA, en las declaraciones que hizo para valorar aquella sentencia, "se apartó del contenido" de ésta "en claro perjuicio de la reputación profesional del actor".

La sentencia no es firme y "La Verdad" señaló a Europa Press que la recurrirá en apelación, a través de sus servicios jurídicos, ante la Audiencia Provincial de Murcia. Según el fallo, el periódico ha dañado el derecho a la propia imagen del urólogo por la publicación de una fotografía suya que acompañaba a la información. En este sentido, considera que la inserción de la fotografía en la noticia no era legítima al no existir el consentimiento de Martínez Pertusa.

"En el caso de autos y al amparo del derecho a la información, la exhibición de la fotografía no puede entenderse legítima dado que esa información no se veía afectada por la fotografía discutida, pues con la sola lectura del texto, la opinión pública quedaba informada de la condena del médico, de manera que el derecho a la información, como causa de justificación para hacer uso de la imagen ajena, deja de existir", indica la sentencia.

El 10 de junio de 2004, la edición digital de "La Verdad" publicó una noticia cuyo título rezaba: "Condenan a un urólogo de Murcia a indemnizar a un paciente con 50.000 euros por causarle incontinencia urinaria". Según la juez, dicha información "no es veraz", al no reflejar el contenido de la resolución judicial en cuyos fundamentos jurídicos se indicaba que la actuación quirúrgica del médico no medió "culpa o negligencia reveladora de falta de pericia" de éste.

El párrafo tercero de la noticia sí informaba de que aquella sentencia no consideraba probada la "mala praxis de la intervención pero sí la falta de consentimiento informado del paciente", lo que, según la juez de Primera Instancia número 10 de Murcia, "evidencia un manifiesto desprecio a la verdad cuando, a pesar de reconocer que no fue probada la mala praxis de la intervención", en el titular se da cuenta de que la condena lo fue por "causarle incontinencia urinaria y fístula uretra rectal".

Añade que este periódico digital no puede quedar exonerado por el hecho de que la noticia se basara en un teletipo de la agencia Efe. Un día después, el 11 de junio de 2004, el diario de papel "La Verdad" publicó la noticia con "mayor objetividad" pero introduciendo matices que convierten a la información en "sesgada, incorrecta y distorsionada".

Y ello porque "infunde en el lector el ánimo o la sospecha de una presunta negligencia médica" y una "dudosa trayectoria profesional" de Martínez Pertusa. Según la juez, lo que se transmitió con esa noticia es que había pruebas de una actuación negligente pero que éstas "no han sido suficientes para fundar una condena". "Basta con leer la sentencia -en la que se basaba la noticia-, aun siendo profano en Derecho, para entender que no se aportó ni practicó prueba alguna de la negligencia médica", dijo.

En cuanto a ADEPA, la sentencia indica que la actuación de Ignacio Martínez, a la sazón letrado de dicha asociación "y al que por su formación jurídica se le debe exigir un plus de objetividad en la difusión de información", se "apartó del contenido de la sentencia en claro perjuicio de la reputación profesional del actor".

Por todo ello, la sentencia condena a "La Verdad Digital S.L" y a "Corporación de Medios de Murcia S.A." al pago de 20.000 euros cada una al urólogo por intromisión ilegítima en su honor y en su imagen. Asimismo, condena a ADEPA a pagar otros 20.000 euros al doctor por intromisión en su honor. La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación.