La comercialización de EPI sin marcado CE vuelve a estar prohibida tras el fin del periodo de gracia del Gobierno

22 December 2020, Slovakia, Kosice: Ahealth worker wearing full protcetive suit registers a man at Coronavirus PCR testing station in Koice. Photo: Franti?ek Iván/TASR/dpa
22 December 2020, Slovakia, Kosice: Ahealth worker wearing full protcetive suit registers a man at Coronavirus PCR testing station in Koice. Photo: Franti?ek Iván/TASR/dpa - Franti?ek Iván/TASR/dpa
Publicado: martes, 19 enero 2021 17:05

MADRID, 19 Ene. (EUROPA PRESS) -

La comercialización de equipos de protección individual (EPI) sin marcado CE europeo vuelve a estar prohibida desde el 1 de enero tras el fin del periodo de gracia que estableció el Gobierno al inicio de la pandemia.

La emergencia sanitaria derivada de la COVID-19 redujo la disponibilidad de EPI y las autoridades europeas y españolas permitieron la comercialización excepcional de productos sin norma europea, pero a partir de ahora, la única legislación aplicable al EPI es el Reglamento (UE) 2016/425 y la comercialización de productos sin marcado CE quedará al margen de la ley.

Al respecto, la Asociación de Empresas de Equipos de Protección Individual (ASEPAL) ha insistido en que el marcado CE garantiza que el EPI protege "eficazmente" de todos los riesgos previstos por el fabricante y proporciona "una protección sólida a los usuarios", ya que evitará que se ponga en riesgo la salud y la seguridad del usuario.

Asimismo, recuerda que las mascarillas autofiltrantes (FFP2/FFP3), y los guantes y el vestuario de protección contra microorganismos como EPI de categoría III deben llevar junto al marcado CE el número de cuatro dígitos que identifica al organismo notificado que hace la evaluación de la conformidad.

El marcado CE debe representarse sobre el propio equipo o, si resulta imposible, en su embalaje. Asimismo, los EPI deben incluir tanto los marcados, como los pictogramas y avisos obligatorios. Estos elementos informan del tipo y nivel de protección que brinda el EPI. Además, los EPI deben ir acompañados de un folleto informativo que, en España, debe comercializarse al menos en castellano. En este documento debe detallarse minuciosamente cómo ofrece protección el EPI, y los límites que tiene esta protección.

EL MERCADO ESTÁ "INUNDADO" DE PRODUCTOS NO CONFORMES

El secretario general de ASEPAL, Luis Gil Palacios, ha asegurado que las medidas adoptadas por el Gobierno para favorecer el abastecimiento de EPI en un momento de escasez han permitido que el mercado "se haya contaminado" con "productos no conformes", como también ha ocurrido en la mayoría de países europeos.

En este sentido, ha denunciado que existen muchas "empresas oportunistas" que "no han respetado los requerimientos exigidos" y que no han sido paradas ni sancionadas, lo que ocasiona un daño a la imagen del sector y pone en riesgo la salud de los trabajadores.

"Desde ASEPAL hemos colaborado con las autoridades de vigilancia de mercado en la identificación de producto no conforme. Pero recordamos que evitar la comercialización de productos no conformes es responsabilidad del Gobierno y las comunidades autónomas", ha remarcado.