La CNMC propone que se incentive la aplicación de descuentos a productos dietéticos financiados por el SNS

Actualizado: lunes, 2 febrero 2015 17:34

MADRID, 2 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado el Proyecto de Orden Ministerial que establece el factor común de facturación de productos dietéticos, elaborado por el Ministerio de Sanidad, y propone que se incentive la posibilidad de aplicar descuentos en aquellos productos que estén financiados por el Sistema Nacional de Salud (SNS).

De este modo, según reconoce este organismo independiente en su informe que ha publicado este lunes, "todos los operadores podrán competir, además de en la potencial calidad del servicio prestado, en precio".

La norma afecta a aquellos productos dirigidos a una alimentación especial que han sido elaborados para el tratamiento dietético de pacientes bajo supervisión médica y son financiables, y permite establecer los coeficientes correctores necesarios para calcular el importe de facturación de los productos de manera desglosada, determinando el margen para la distribuidora y el de las oficinas farmacia.

En este sentido, Competencia también aboga por dejar la posibilidad de introducir medidas que permitan, dentro de la fijación de precios y de márgenes que se aplica a estos productos financiados por el Sistema Nacional de Salud (SNS), la no aplicación del mismo margen a todos los operadores.

Una situación que, según reconocen, permitiría la diferenciación entre los operadores (ya sean distribuidoras o farmacias), entre los que se comporten de forma eficiente de los que no se comportan de esta forma.

En general, la normativa nacional aplicable al sector ha permitido hasta ahora la dispensación de medicamentos y productos farmacéuticos a precios intervenidos o regulados, siempre que se cumplieran dos condiciones: que se dispensaran en territorio nacional y que además se financiaran con fondos públicos.

No obstante, la fijación de precios limita las posibilidades de los operadores de seguir estrategias de diferenciación de precios para competir en el mercado, con efectos tanto a corto plazo como desde un punto de vista dinámico.

En este caso, este Proyecto de Orden supone ampliar el sistema de precio fijo a ciertos productos no considerados medicamentos, lo que extiende a este ámbito los problemas de conciliación de este mecanismo con la libertad de empresa consagrada en el artículo 38 de la Constitución de 1978.

En su informe, la CNMC señala que el Proyecto implica una modificación esencial de la normativa anterior, puesto que lo único que realiza es especificar cuál es el margen que se fija para el distribuidor y cuál para la farmacia, ya que "antes se determinaba sin distinción, sin que ello implique un mayor coste para el Sistema Nacional de Salud (SNS)".