ALAS ve positiva la creación de un registro estatal de VIH y pone el de Baleares como ejemplo de confidencialidad

Actualizado: sábado, 29 septiembre 2007 10:20

Destacan los beneficios de este instrumento para diseñar estrategias eficaces de lucha contra la epidemia

PALMA DE MALLORCA, 29 Sep. (EUROPA PRESS) -

El presidente de la Asociación de Lucha Anti-Sida de Baleares (ALAS), Juan Luis Llull, ve positiva la creación de un registro estatal de personas infectadas por el VIH y considera que los registros ya existentes en algunas autonomías, como Baleares, son un ejemplo de que no tienen por qué darse problemas con la confidencialidad de la identidad de los pacientes.

En declaraciones a Europa Press, Llull explicó que en el archipiélago se creó este registro de nuevas infecciones en 2003 y desde entonces se contabilizan los nuevos casos de VIH --325 en tres años--, lo cual resulta útil a la hora de detectar las vías de crecimiento de la epidemia y diseñar políticas de prevención.

"El registro de Baleares incluye nombre y apellidos --uno de los aspectos polémicos en el contencioso entre Ministerio de Sanidad y asociaciones de afectados-- porque se trata de una información necesaria para las estadísticas epidemiológicas", afirmó el máximo responsable de ALAS.

Según aclaró, la confidencialidad de los datos de las personas infectadas por VIH que figuran en el registro es absoluta, como ocurre en cualquier registro sanitario. "La información médica es confidencial siempre. Aquí nunca se ha producido una filtración de información de este registro", añadió.

El fallo del Tribunal Supremo a favor del Gobierno le permite registrar de manera semianónima y confidencial, sólo con fines de control sanitario y epidemiológico, a los portadores del VIH en toda España. El registro, denominado SINIVIH y que está paralizado por este contencioso desde 2000, será complementario al otro registro existente, que consigna el número de enfermos de sida en todo el Estado con los datos aportados por los servicios de salud autonómicos.

El nuevo fichero se centra en el estadio previo. Su objetivo será contabilizar los nuevos contagios diagnosticados en los centros del Sistema Nacional de Salud, el número de personas que se convierten en portadoras del VIH, desarrollen o no sida en el futuro.

El Ministerio de Sanidad justificó la creación de esta base de datos (ampliatoria de los ficheros en funcionamiento desde 1994 mediante la inclusión de dos anexos, uno con información de carácter sanitario y otro con información administrativa) en la "necesidad de prevenir, gestionar y prestar servicios sanitarios a enfermos con infección de VIH y sida, de modo que las administraciones puedan disponer de un marco de referencia que les permita promover las adecuadas medidas de seguridad en este ámbito".

SIN IDENTIFICACIÓN NOMINAL

El departamento de Sanidad recalca que el SINIVIH no identificará nominalmente a los infectados. Tendrán un código numérico y se registrarán las iniciales de nombre y apellidos, el centro sanitario de diagnóstico, la fecha de nacimiento, sexo, provincia y país de residencia, país de origen y mecanismos de transmisión de la infección, así como datos clínicos y de laboratorio.

La creación de este registro se remonta a una orden ministerial firmada en diciembre de 2000. Colectivos antisida recurrieron la orden porque veían en peligro la confidencialidad de los datos y creían que un registro de estas características podría suponer un estigma para los fichados. La Audiencia Nacional les dio la razón en marzo de 2004, pero el Abogado del Estado recurrió ante el Supremo y, ahora, éste ha fallado a favor de Sanidad.

La Audiencia Nacional se apoyó en un informe pericial que cuestionaba el mecanismo empleado para el tratamiento de los datos personales introducidos en el fichero (nombre, apellidos, centro sanitario de diagnóstico, fecha de nacimiento, provincia de residencia, país de residencia, país de origen, datos clínicos y datos de laboratorio) pues en su opinión permitía la identificación de una persona con un alto nivel de probabilidad. No cada dato por sí mismo, pero sí una conjunción de ellos y su contraste con otros obtenidos, por ejemplo, en el Registro Civil.

El fallo desestima el recurso planteado por varias asociaciones en el 2000. Añadía el perito una sugerencia: sustituir el sistema de identificación mediante iniciales del nombre y de los apellidos por otro "más oportuno" que utilizara un código numérico. La Audiencia Nacional también aceptó esta idea.

Por el contrario, y de acuerdo con el recurso del Abogado del Estado, según el alto Tribunal, el sistema de información establecido por Sanidad "cumple su fin de introducir un sistema de vigilancia epidemiológica conforme a las recomendaciones de los organismos internacionales acreditados en materia sanitaria".

En la sentencia, finalmente, se especifica que la orden cumple todas las prescripciones impuestas por el Real Decreto que garantizan el derecho a la intimidad mediante el establecimiento de medidas de índole técnica y organizativas encaminadas a garantizar la seguridad que deben reunir este tipo de ficheros automatizados.