La OMC avisa de que el certificado médico de Correos no puede considerarse oficial

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Actualizado: lunes, 21 mayo 2018 17:00

MADRID, 21 May. (EUROPA PRESS) -

La Asamblea del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) reunida el pasado viernes en Melilla, ha avisado de que el certificado médico elaborado por la entidad Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, para su presentación en la convocatoria de bolsas de empleo del 23 de octubre de 2017, no puede considerarse oficial.

Se trata del anexo 2, sobre certificado médico, elaborado por Correos y por el que el profesional médico deberá pronunciarse sobre el padecimiento de alguna enfermedad o limitación física o psíquica que impida a los eventuales interesados en la convocatoria el normal desempeño de las tareas y funciones a realizar en los puestos de trabajo que se relacionan o que puedan agravarse con el desempeño de dichas tareas y funciones conforme a los requerimientos psicofísicos que se indican en su dorso.

Un documento que, a juicio del CGCOM, "no es ni puede considerarse" un certificado médico oficial, "ni es hábil" a los fines que se pretenden. Además, el organismo ha asegurado que el certificado médico "únicamente" podrá formalizarse siguiendo el modelo oficial que regulan los artículos 58 y 59 del título VI del Real Decreto 1018/1980, de 19 de mayo, por el que se aprueban los estatutos generales de la Organización Médica Colegial (OMC) y del CGCOM.

Dicha norma tiene rango reglamentario en la jerarquía de las fuentes del derecho. "Es derecho positivo y vigente y según la misma, únicamente el CGCOM puede determinar y modificar el referido modelo. Cualquier documento que denominándose pretendidamente certificado médico no responda a esos cánones de legalidad y formalidad oficial es falso, como el que analizamos", ha apostillado el organismo.

Del mismo modo, ha avisado de que el documento de Correos supone una "ilegalidad" por razón de la materia que tiene reconocida la OMC, señalando que el certificado médico oficial es uno de los "pocos impresos" que está unificado en todo el país, tiene que llevar la marca del CGCOM y debe tener impreso el sello del colegio correspondiente.

"Sin duda la actuación de los Colegios debe reconducirse por los términos precisos y claros previstos en el artículo sobre Inspección, del referido Real Decreto 1018/1980, de 19 de mayo, por el que se aprueban los estatutos generales de la OMC y del CGCOM poniendo en conocimiento del mismo la eventual existencia de invasión en su competencia exclusiva. El médico no debe expedir un certificado en que la carencia de la competencia específica o la falta de datos o pruebas le permitan afirmar los hechos que habrían de ser acreditados", ha argumentado.